Información general:
La AIP es una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida, cuyo funcionamiento viene regulado por sus estatutos , y por los acuerdos posteriores adoptados en sus Asambleas.
Se pueden asociar personas interesadas en los fines de la Asociación (no entidades) que cumplimenten el presente formulario, expongan en una breve presentación las motivaciones por la que solicita asociarse y la vinculación personal y/o profesional con la disciplina, y, además, cuenten con el aval de 2 personas asociadas (art. 21 de los estatutos).
En caso de no conocer a otras personas asociadas a la AIP que puedan avalar su solicitud de asociación, la Secretaría facilitará el contacto con asociados/as cercanos al territorio del/la solicitante. En caso de ser imposible establecer este contacto, la Junta Directiva estudiará la solicitud para avalar como Junta Directiva.
Este formulario debidamente cumplimentado se remitirá a la Secretaría de la AIP a través de correo electrónico ( Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla ), o por correo ordinario a: Asociación para la Interpretación del Patrimonio. Castelo de Santa Cruz s/n Liáns-Oleiros -15179 A Coruña. Todos los datos son confidenciales y de uso exclusivo de la Secretaría y la Tesorería de la AIP. La AIP cuenta con un teléfono de contacto para realizar cualquier otra consulta: 691 607 746.
La Secretaría dará la bienvenida y el alta a las nuevas incorporaciones en la lista interna de correo de la AIP.
Cuota de asociación: El pago de la cuota anual de asociación es requisito indispensable para mantener la condición de asociado/a.
Residentes en España:
La cuota anual básica se establece actualmente en 30 €. Quien lo desee puede colaborar con una cuota de 50 € anuales.
El cobro de la cuota se realiza mediante domiciliación bancaria fraccionada en dos semestres (50 % semestral), previo aviso de Tesorería en la lista interna de correo (orientativamente se realizará entre febrero-marzo y entre octubre-noviembre de cada año).
Residentes en países hispanoamericanos y africanos:
La cuota básica se establece en 30 € cada tres años (contados a partir de 2009)
Las personas asociadas realizarán directamente el ingreso de la cuota en la cuenta bancaria de la AIP (se facilitarán los datos desde Tesorería), asumiendo los gastos de transferencia que correspondan.
Residentes en otros países europeos y norteamericanos:
La cuota anual básica se establece actualmente en 30 €. Quien lo desee puede colaborar con una cuota de 50 € anuales.
Las personas asociadas realizarán directamente el ingreso de la cuota semestral en la cuenta bancaria de la AIP (se facilitarán los datos desde Tesorería), asumiendo los gastos de transferencia que correspondan (orientativamente se realizará entre febrero-marzo y entre octubre-noviembre de cada año).
